La apelación de puro derecho otorga al contribuyente la posibilidad de recurrir directamente ante el Tribunal Fiscal (TF) para que conozca del asunto controvertido, superando la etapa de reclamación, esto es, que únicamente procede contra un acto que, pudiendo ser reclamable, es susceptible de ser apelado debido a que la materia discutida está vinculada con la interpretación de una ley y no existen hechos que probar.
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RTF 02915-1-2023 – Procedencia de una apelación de puro derecho
RTF 02915-1-2023 – Procedencia de una apelación de puro derecho
- 12 de abril, 2024
- Jurisprudencia
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