Para el Tribunal Fiscal (TF), en cualquier supuesto, conforme con el artículo 22 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por el Decreto Supremo N.° 017-93-JUS, el artículo 397 del TUO del Código Procesal Civil, aprobado por la Resolución Ministerial N.° 010-93-JUS y el artículo 36 del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 011-2019-JUS, los precedentes contenidos en sentencias de casación son vinculantes sólo para los órganos jurisdiccionales y, en tal sentido, no para el Tribunal Fiscal.
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RTF 04070-2-2024 – Los precedentes contenidos en las casaciones no son vinculantes para el Tribunal Fiscal
RTF 04070-2-2024 – Los precedentes contenidos en las casaciones no son vinculantes para el Tribunal Fiscal
- 5 de agosto, 2024
- Jurisprudencia
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