La modificación del artículo 7° de la Resolución N.° 230-2008-Sunat, tiene por finalidad facilitar a los contribuyentes la acreditación de la residencia en el Perú para hacer efectiva la aplicación de los beneficios establecidos en los convenios para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria suscritos por el Perú, otorgando vigencia indefinida a los certificados de residencia. En este sentido, la SUNAT también deroga el inciso e) del artículo 6° de la Resolución N.° 230-2008-Sunat.
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Resolución N° 000141-2024/SUNAT – El certificado de residencia tendrá vigencia indefinida
Resolución N° 000141-2024/SUNAT – El certificado de residencia tendrá vigencia indefinida
- 19 de julio, 2024
- Normativa y Noticias
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