Mediante Decreto Legislativo N.° 1541, que entró en vigencia el 01.01.2023, se modifica la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación. Entre las modificaciones se encuentra, la que establece que, para efectos del Impuesto a la Renta, se entiende por dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades a la participación del asociado de un contrato de asociación en participación. Bajo este marco normativo, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) cumple con adecuar el Reglamento de la LIR, a las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N.° 1541. Los cambios son al acápite (ii) del numeral 1 del inciso b) del artículo 13 (Renta bruta de segunda categoría); al acápite (i) del numeral 2 y al numeral 4 del inciso a) del artículo 18-A (Atribución de rentas y pérdidas netas por parte de fondos y fideicomisos); al primer párrafo de los numerales 1 y 2 del artículo 39-B (Sociedades administradoras de fondos de inversión, sociedades titulizadoras de patrimonios fideicometidos y fiduciarios de fideicomisos bancarios); al artículo 92 y al artículo 94 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta.
/
/
/
Decreto Supremo N° 047-2024 – El MEF adapta el reglamento del Impuesto a la Renta para perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación
Decreto Supremo N° 047-2024 – El MEF adapta el reglamento del Impuesto a la Renta para perfeccionar el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación
- 10 de abril, 2024
- Normativa y Noticias
Tabla de contenidos
Compartir con:
Autores
Solicita Información
Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.
Entérate de la últimas novedades