/
/
/
RTF 10811-8-2023 – Que el profesional que suscribe el informe técnico de mermas trabaje para el proveedor de la empresa no significa que esté vinculado a ella y no tenga independencia profesional

RTF 10811-8-2023 – Que el profesional que suscribe el informe técnico de mermas trabaje para el proveedor de la empresa no significa que esté vinculado a ella y no tenga independencia profesional

gasto-devenga
Tabla de contenidos

En este caso, la SUNAT sustenta su reparo en el hecho que quien firma el informe técnico que sustenta las mermas es un trabajador de una empresa que prestó servicios de maquila de PVC, entre otros, al contribuyente. Se trata de un ingeniero mecánico electricista que no está registrado como colegiado en el organismo técnico competente. Sobre la independencia del ingeniero que suscribe el informe técnico, el Tribunal Fiscal señala que la SUNAT no ha probado que esté vinculado a la recurrente, pues el hecho de que trabaje para la empresa que le presta servicios no implica que esté vinculado a ella, y que, por tanto, no tenga independencia profesional, por lo que el informe emitido cumple con los requisitos señalados en el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta. Respecto a que dicho ingeniero no está registrado como colegiado en el organismo técnico competente, el tribunal indica que está inscrito en el Colegio de Ingenieros del Perú con la matrícula N.° (…) por lo que el informe cumple con el requisito relativo a la colegiatura. La norma solo hace referencia a acreditar las mermas con un informe técnico emitido por un profesional independiente, competente y colegiado, como sucede en el presente caso. En cuanto a la profesión de ingeniero mecánico electricista, durante el procedimiento de fiscalización la SUNAT no indicó los motivos por los cuales consideraba que dicho profesional no podía emitir el informe y que, por ello, no era competente. Con estos argumentos, el tribunal levantó el reparo por mermas cargadas al costo de ventas no sustentadas.

Compartir con:

Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

Solicita Información

Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.

    (*) Campos obligatorios

    Entérate de la últimas novedades

    Jurisprudencia

    4 de diciembre, 2025

    RTF 09731-2-2025 – La transferencia del derecho de distribución en el Perú de las licencias de «software» de propiedad de una empresa no domiciliada se encuentra gravada con el IGV

    Jurisprudencia

    3 de diciembre, 2025

    RTF 09709-11-2025- La prórroga del plazo de fiscalización debe corresponder a situaciones excepcionales debidamente sustentadas

    Jurisprudencia

    2 de diciembre, 2025

    RTF 05199-9-2023 – Si el servicio no puede ser utilizado hasta que se culmina el gasto, se devenga cuando se le puede emplear para los fines por los que fue solicitado

    Jurisprudencia

    1 de diciembre, 2025

    RTF 00554-10-2025- La compensación de acreencias se reconoce como medio de pago válido si existe un acuerdo formal

    Jurisprudencia

    26 de noviembre, 2025

    RTF 08648-11-2025 – Los informes de rendición de cuentas con sustento del cumplimiento del contrato de mandato desvirtúan el incremento patrimonial no justificado