Para el Tribunal Fiscal (TF), para efectos de deducir el gasto correspondiente a la participación legal de los trabajadores en las utilidades de la empresa, el contribuyente debe cumplir con su pago o, de ser el caso, acreditar la puesta a disposición del mismo (en caso corresponda, a través de cheques) en favor de los trabajadores cesados, dentro del plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a la Renta del ejercicio a efectos de poder deducirla como gasto en dicho ejercicio; de lo contrario, su deducción debería efectuarse en el ejercicio en que se efectuase el pago.
/
/
/
RTF 08068-11-2025: Exigencia de pago o puesta a disposición de la participación legal de los trabajadores en las utilidades como requisito para deducirla como gasto
RTF 08068-11-2025: Exigencia de pago o puesta a disposición de la participación legal de los trabajadores en las utilidades como requisito para deducirla como gasto
- 24 de marzo, 2026
- Jurisprudencia
Tabla de contenidos
Compartir con:
Autores
Solicita Información
Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.
Entérate de la últimas novedades