El Poder Ejecutivo (PE) establece que las personas naturales que no realizan actividad empresarial y que utilicen en el país servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados, no requieren ser habituales en la realización de tales operaciones para ser considerados contribuyentes del Impuesto General a las Ventas (IGV). Asimismo, regula el mecanismo de recaudación del IGV que corresponde pagar a las personas naturales que no realizan actividad empresarial, cuando utilicen en el país servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados o importen bienes intangibles a través de Internet y el criterio y los supuestos para determinar cuándo los servicios digitales prestados por sujetos no domiciliados o los bienes intangibles importados a través de Internet, se emplean o consumen en el país por personas naturales que no realizan actividad empresarial. Para este fin, incorpora el cuarto y quinto párrafos del numeral 1 del inciso c), como segundo, tercero y cuarto párrafos del inciso g) y como incisos h) e i) del artículo 3° (Definiciones); modifica el numeral i. del párrafo 9.2 del artículo 9° (Sujetos del impuesto); incorpora como Capítulo XII del Título I «Del mecanismo de recaudación del Impuesto General a las Ventas que grava la utilización en el país de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de internet» al TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (Decreto Supremo N.° 055-99-EF). Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, en un plazo de treinta (30) días calendario contado a partir hoy, dictará las normas reglamentarias necesarias para su aplicación.
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Decreto Legislativo N° 1623 – Ejecutivo crea el mecanismo de recaudación del IGV por servicios brindados por proveedores no domiciliados a través de plataformas digitales a las personas naturales
Decreto Legislativo N° 1623 – Ejecutivo crea el mecanismo de recaudación del IGV por servicios brindados por proveedores no domiciliados a través de plataformas digitales a las personas naturales
- 14 de agosto, 2024
- Normativa y Noticias
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