Para el Tribunal Fiscal (TF), en el marco de la atribución de responsabilidad solidaria en calidad de adquirente, cuando el numeral 3 del artículo 17 del Código Tributario se refiere al activo y/o pasivo de empresas o entes colectivos con o sin personalidad jurídica, debe entenderse que se trata de (a) recursos que tienen el potencial de generar beneficios económicos futuros derivados ya sea de su explotación productiva o de su convertibilidad en efectivo o de su capacidad de reducir los costos de producción, esto es, bienes que permitan la operatividad de un negocio; y/o (b) obligaciones o deudas presentes vinculadas a activos del negocio.
/
/
/
RTF 05183-5-2025: Configuración del supuesto de «transferencia de activos y pasivos» para la atribución de responsabilidad solidaria en calidad de adquirente
RTF 05183-5-2025: Configuración del supuesto de «transferencia de activos y pasivos» para la atribución de responsabilidad solidaria en calidad de adquirente
- 3 de septiembre, 2025
- Jurisprudencia
Tabla de contenidos
Compartir con:
Autores
Solicita Información
Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.
Entérate de la últimas novedades