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Casación 01070-2020-Lima de fecha 27.09.2022 – La exigencia de la acreditación del principio de causalidad de gastos por parte de la SUNAT debe ser razonable y no podrá imponer el cumplimiento de requisitos no exigidos por la ley

Casación 01070-2020-Lima de fecha 27.09.2022 – La exigencia de la acreditación del principio de causalidad de gastos por parte de la SUNAT debe ser razonable y no podrá imponer el cumplimiento de requisitos no exigidos por la ley

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Para la Corte Suprema la exigencia por la SUNAT de una acreditación razonable de los gastos deducibles no debe suponer la imposición del cumplimiento de requisitos no exigidos por la ley, por suponer la vulneración al principio de reserva de ley.

Agrega que a la SUNAT le corresponde el ejercicio de la potestad fiscalizadora en función a la propia naturaleza de los hechos (gastos) susceptibles de verificación, siendo los medios probatorios los que le permitirán establecer si la causalidad de los gastos se funda en bases cognoscitivas suficientes y adecuadas para que se consideren como verdaderos.

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Autores

MAX BARDALES

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