/
/
/
RTF 01379-1-2025: Si el contribuyente generó el registro de compras electrónico con posterioridad a la notificación del requerimiento de la SUNAT, no puede hacer uso del crédito fiscal

RTF 01379-1-2025: Si el contribuyente generó el registro de compras electrónico con posterioridad a la notificación del requerimiento de la SUNAT, no puede hacer uso del crédito fiscal

TF
Tabla de contenidos

Para el Tribunal Fiscal (TF) dado que el contribuyente no acreditó que la anotación de los comprobantes de pago observados se hubiera producido con anterioridad a la oportunidad en que la SUNAT le requirió la exhibición y/o presentación de sus Registros de Compras, conforme con lo establecido por el artículo 2° de la Ley N.° 29215, a través de la generación de generó los Registros de Compras Electrónicos, en los que anotó los comprobantes de pago que sustentan el crédito fiscal, no correspondía que ejerciera el derecho al crédito fiscal consignado ellos.

Compartir con:

Autores

MAX BARDALES

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE LITIGIOS TRIBUTARIOS

Solicita Información

Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.

    (*) Campos obligatorios

    Entérate de la últimas novedades

    Jurisprudencia

    23 de octubre, 2026

    RTF 03970-11-2026: Acreditación de servicios de conformidad con el Principio de Causalidad.

    Jurisprudencia

    22 de octubre, 2026

    RTF 07168-13-2026: Acreditación de fehaciencia en prestación de servicios intragrupo.

    Jurisprudencia

    21 de octubre, 2026

    RTF 03970-11-2026: Obras de acondicionamiento de un local como costo activable.

    Jurisprudencia

    20 de octubre, 2026

    RTF 08611-1-2025: Carga de la prueba de la fehaciencia de las razones de la emisión de notas de crédito por ajustes derivados de la venta de bienes con defectos o fallas.

    Jurisprudencia

    19 de octubre, 2026

    RTF 08265-13-2026: Valor probatorio de impresiones de correo electrónico