Para el Tribunal Fiscal (TF), la alusión del contribuyente a las declaraciones juradas del proveedor y el transportista en las que indican haber efectuado las operaciones de venta de cochinilla contenidas en las liquidaciones de compra reparadas por la SUNAT no resultan amparables ya que no constituyen medio probatorio que deba ser actuado y valorado dentro de los procedimientos regulados en el Código Tributario, toda vez que, según su artículo 125, los únicos medios probatorios que pueden actuarse en la vía administrativa son los documentos, la pericia y la inspección del órgano encargado de resolver.
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RTF 05066-1-2021: La declaración jurada del proveedor y el transportista no acreditan la realidad de una compra
RTF 05066-1-2021: La declaración jurada del proveedor y el transportista no acreditan la realidad de una compra
- 3 de noviembre, 2025
- Jurisprudencia
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