El Tribunal Fiscal (TF) concluye en este caso que el gasto por concepto de servicio de distribución en puntos de ventas deducido por la recurrente en el ejercicio 2013 fue devengado en el 2012, pues de la factura se advierte que fue emitida el 17 de diciembre del 2012 por el proveedor y que fue recibida por la recurrente, según sello de recepción el 28 de diciembre del 2012, por lo que el gasto era conocido en el ejercicio 2012, aspecto que no desvirtuó el contribuyente, ya que no acreditó documentariamente el requisito referido a que, debido a razones ajenas a ella, no fue posible conocer el gasto oportunamente ni acreditó que en el ejercicio 2013 se produjeron los hechos sustanciales generadores del gasto para que sea deducido en dicho ejercicio.
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RTF 04616-1-2024: Sólo si por razones ajenas al contribuyente no conoció el gasto oportunamente puede deducirlo en el ejercicio en que se conozca
RTF 04616-1-2024: Sólo si por razones ajenas al contribuyente no conoció el gasto oportunamente puede deducirlo en el ejercicio en que se conozca
- 22 de mayo, 2025
- Jurisprudencia
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