Para el Tribunal Fiscal (TF), el activo fijo denominado presa de relaves califica como una construcción, por lo que corresponde aplicar una depreciación a razón del 5 % anual, y no de otros bienes del activo fijo con el 10 % anual.
EL TF agrega que la presa de relave utilizada en las actividades mineras constituye una obra de infraestructura de construcción compleja conformada por varias estructuras y etapas, cuya vida útil comprende más de un periodo (aproximadamente 17 años), que forma parte del proceso productivo, pues es el depósito de los materiales de desecho en la extracción de concentrados de zinc, plomo y cobre de la unidad minera.