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SUNAT posterga hasta enero 2024 la obligación de llevar el SIRE (Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT de fecha 30.09.2023)

SUNAT posterga hasta enero 2024 la obligación de llevar el SIRE (Resolución de Superintendencia N° 000204-2023/SUNAT de fecha 30.09.2023)

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La SUNAT posterga, del período octubre del 2023 al período enero del 2024, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) los sujetos que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros (contribuyentes del Régimen General), salvo que se encuentren comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario y tengan la obligación de usar el SLE-PLE y el SLE-Portal regulados por las resoluciones números 286-2009/SUNAT y 066-2013/SUNAT, respectivamente. Para este fin, la Superintendencia modifica la Resolución N.° 000112-2021/SUNAT y la Resolución 000040-2022/SUNAT.

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Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

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