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INFORME N.º 000094-2023-SUNAT/7T0000 de fecha 17.08.2023 – La definición de merma establecida en la norma tributaria incluye a la merma que se origina en el proceso de comercialización

INFORME N.º 000094-2023-SUNAT/7T0000 de fecha 17.08.2023 – La definición de merma establecida en la norma tributaria incluye a la merma que se origina en el proceso de comercialización

deber del contribuyente
Tabla de contenidos

En el citado informe la Administración Tributaria señala que la definición de merma establecida en el inciso c) del artículo 21 del Reglamento de la LIR incluye a la merma que se origina en el proceso de comercialización en tanto sea inherente a la naturaleza de los bienes finales, la cual será deducible para efectos de la determinación del impuesto a la renta en la medida que se cumpla con lo dispuesto en el segundo párrafo del citado inciso.

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Autores

ENRIQUE BULNES

SOCIO LÍDER DEL ÁREA CONTABLE Y DE AUDITORÍA TRIBUTARIA

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