En el marco de un reparo por incremento patrimonial no justificado, los estados de cuenta de los bancos, en los que se aprecia la existencia de abonos efectuados en las cuentas bancarias de la recurrente mediante transferencias y depósitos en efectivo, según el Tribunal Fiscal (TF), no acreditan el origen de los depósitos observados por la administración tributaria, únicamente dejan constancia de los abonos realizados en sus cuentas. En este sentido, si bien la recurrente señalaba que los cargos y abonos en sus cuentas bancarias tenían como origen operaciones de compraventa de arroz en las cuales participaba como mediador y la contraprestación por tales actividades, no logró sustentarlo.
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RTF 07852-10-2025 – El contribuyente debe demostrar que los abonos en sus cuentas bancarias corresponden a su actividad como mediador en operaciones de compraventa
RTF 07852-10-2025 – El contribuyente debe demostrar que los abonos en sus cuentas bancarias corresponden a su actividad como mediador en operaciones de compraventa
- 30 de septiembre, 2025
- Jurisprudencia
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