Con la finalidad de brindar facilidades a los contribuyentes obligados o afiliados voluntariamente a llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica (RVIE) y/o el Registro de Compras de manera electrónica (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), hasta el periodo diciembre 2023, la SUNAT aplica la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario (llevar los libros y registros sin observar las formas y condiciones y no registrar o anotar dentro de los plazos o registrarlos por montos inferiores), siempre que hubiesen generado los registros en el SIRE por los periodos junio a diciembre de 2023 o que hubieran ajustado los montos que correspondían de periodos precedentes hasta diciembre de 2023 hasta el 30.04.2024. La SUNAT precisa además que no procede efectuar la devolución, ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución, efectuados hasta su vigencia.
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Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000039-2023-SUNAT/700000 – La Sunat no sancionará infracciones relacionadas al SIRE
Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000039-2023-SUNAT/700000 – La Sunat no sancionará infracciones relacionadas al SIRE
- 14 de noviembre, 2023
- Normativa y Noticias
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