En el caso, sobre si los bienes que comercializa la recurrente fueron entregados por su proveedor en consignación, el Tribunal Fiscal (TF) precisa que no enerva su obligación de llevar el registro de inventario permanente valorizado y el registro de inventario permanente en unidades físicas, pues esta situación no desvirtúa su calificación como una empresa comercializadora; además, en una venta por consignación, existe la adquisición de mercaderías para su enajenación independientemente que estas transferencias se produzcan de manera simultánea. Si bien la recurrente se encontraba obligada a llevar un registro de consignaciones, dicha circunstancia no desvirtúa su obligación de llevar el registro de inventario permanente.
/
/
/
RTF 10438-11-2024 – Una empresa que comercializa bienes recibidos en consignación lleva registro de inventario permanente
RTF 10438-11-2024 – Una empresa que comercializa bienes recibidos en consignación lleva registro de inventario permanente
- 17 de octubre, 2025
- Jurisprudencia
Tabla de contenidos
Compartir con:
Autores
Solicita Información
Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.
Entérate de la últimas novedades