Para el Tribunal Fiscal (TF), la causal prevista en el numeral 2 del artículo 64 del Código Tributario (CT) se configura por el hecho de que los libros y registros contables deben reflejar fielmente las operaciones de la empresa y brindar información fehaciente y confiable, pero cuando se determina que estos muestran obligaciones inexistentes, vía cruces de información y de la propia documentación contable del deudor, la información contenida en ellos pierde credibilidad y, por tanto, la determinación de la obligación tributaria que se haya efectuado en base a estos ofrece dudas respecto a su veracidad o exactitud.
Recuerda el TF que según dicho numeral 2 la causal que habilita a la determinación de la obligación tributaria bajo base presunta se configura cuando «La declaración presentada o la documentación sustentatoria o complementaria ofreciera dudas respecto a su veracidad o exactitud, o no incluya los requisitos y datos exigidos; o cuando existiere dudas sobre la determinación o cumplimiento que haya efectuado el deudor tributario».