/
/
/
RTF 10463-1-2024 – Las deudas reprogramadas, refinanciadas o reestructuradas pierden el carácter de incobrables

RTF 10463-1-2024 – Las deudas reprogramadas, refinanciadas o reestructuradas pierden el carácter de incobrables

TF
Tabla de contenidos

La Ley del Impuesto a la Renta no reconoce el carácter de incobrable de las deudas que han sido objeto de renovación o prórroga expresa. En esta resolución, el Tribunal Fiscal (TF) precisa que las deudas objeto de renovación comprenden, por un lado, aquellas sobre las que se produce una reprogramación, refinanciación o reestructuración o se otorgue cualquier otra facilidad de pago y, de otro lado, aquellas deudas vencidas de un deudor a quien el mismo acreedor concede nuevos créditos. Ambas situaciones ponen de manifiesto actos con los cuales el acreedor ha renovado su confianza en el deudor para el pago de la deuda.

Compartir con:

Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

Solicita Información

Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.

    (*) Campos obligatorios

    Entérate de la últimas novedades

    Jurisprudencia

    9 de octubre, 2026

    RTF 05783-10-2025 – Las fallas en los sistemas de la Sunat se acreditan objetivamente con reportes técnicos, capturas de pantalla, registros del sistema u otros medios probatorios idóneos.

    Jurisprudencia

    7 de octubre, 2026

    RTF 03970-11-2026 – La deducción de bonificaciones exige demostrar que el trabajador cumplió con las metas fijadas para la percepción del beneficio.

    Jurisprudencia

    6 de octubre, 2026

    RTF 06889-4-2026: Acreditación de la fehaciencia de gastos en «software» y soporte del exterior.

    Jurisprudencia

    5 de octubre, 2026

    RTF 02441-2-2022: Son deducibles las regalías pagadas dentro del plazo establecido para presentar la declaración jurada del IR.

    Jurisprudencia

    2 de octubre, 2026

    RTF 06933-3-2026: Configuración de la infracción del núm. 9 del artículo 174 del Código Tributario consistente en remitir bienes que no reúnan los requisitos y características para ser considerados como guía de remisión remitente.