Para el Tribunal Fiscal (TF), los intereses que se generan como consecuencia de la obtención de préstamos para el solo pago de dividendos no pueden ser deducidos como gastos financieros, al no cumplir con el principio de causalidad, porque estos constituyen obligaciones con terceros originadas con posterioridad a la generación y determinación de la renta y no de operaciones que ocasionan la generación de rentas gravadas o permitan mantener su fuente, como lo prevé el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.
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RTF 07017-9-2022: Los intereses pagados por un préstamo obtenido para pagar dividendos no son deducibles
RTF 07017-9-2022: Los intereses pagados por un préstamo obtenido para pagar dividendos no son deducibles
- 25 de abril, 2025
- Jurisprudencia
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