Al revisar el caso, el Tribunal Fiscal (TF) determinó que, con las resoluciones judiciales, la recurrente conoció cual era el importe de la obligación por pagar por beneficios sociales y, a partir de dicha fecha, podía estimar y/o calcular los montos que le correspondía pagar por concepto de intereses legales, pues, conforme a lo señalado por el Decreto Ley N.° 25920, los intereses legales son fijados por el Banco Central de Reserva y se devengan automáticamente a partir del día siguiente de aquel en que se produjo el incumplimiento hasta el día de su pago efectivo (obligación principal). El Tribunal recuerda que en la RTF 01203-2-2008 se señala que, para considerar que un gasto se ha devengado para efectos del Impuesto a la Renta, no se requiere conocer el importe exacto, sino que el gasto pueda ser estimado confiablemente. Así, en este proceso, el se confirma el reparo de la SUNAT al verificar que los intereses legales se devengaron en ejercicios anteriores.
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RTF 06005-9-2025 – A partir de la notificación de las resoluciones judiciales, se puede determinar el devengo de los intereses legales por beneficios sociales
RTF 06005-9-2025 – A partir de la notificación de las resoluciones judiciales, se puede determinar el devengo de los intereses legales por beneficios sociales
- 27 de agosto, 2025
- Jurisprudencia
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