/
/
/
Resolución N° 177-2024/SEL-INDECOPI – Indecopi declara ilegal la imposición de un plazo perentorio para rectificar la planilla electrónica como condición para que ESSALUD asuma el pago de prestaciones

Resolución N° 177-2024/SEL-INDECOPI – Indecopi declara ilegal la imposición de un plazo perentorio para rectificar la planilla electrónica como condición para que ESSALUD asuma el pago de prestaciones

plazo perentorio
Tabla de contenidos

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI declara como barrera burocrática ilegal, la imposición de un plazo perentorio para rectificar la planilla electrónica como condición para que el Seguro Social de Salud asuma el pago de las prestaciones de recuperación de los derechohabientes de los trabajadores y las prestaciones económicas de los trabajadores y los derechohabientes de estos, materializada en el último párrafo del artículo 36 del Decreto Supremo 009-97-SA, modificado por el Decreto Supremo N.° 020-2006-TR. El Indecopi sustenta su decisión en el numeral 88.2 del artículo 88 del TUO del Código Tributario, que determina que, una vez vencido el plazo previsto para la presentación de las declaraciones tributarias, estas pueden ser rectificadas dentro del plazo de prescripción que, conforme con el artículo 43 de la misma norma, es de 4 (cuatro) años. No obstante, el plazo impuesto por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aplicado por ESSALUD dispone que las planillas electrónicas mediante las cuales se realizan las declaraciones tributarias de los aportes al seguro social de salud solo pueden ser rectificadas hasta el último día del mes de vencimiento de cada declaración, en contravención al artículo 43 del TUO del Código Tributario concordado con el artículo 88 de la misma norma, por lo que resulta ilegal.

 

Compartir con:

Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

Solicita Información

Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.

    (*) Campos obligatorios

    Entérate de la últimas novedades

    Jurisprudencia

    21 de septiembre, 2026

    RTF 06868-11-2026: No corresponde desconocer el crédito fiscal por supuestos incumplimientos del principio de causalidad si las compras califican como costo computable y no como gasto.

    Jurisprudencia

    18 de septiembre, 2026

    RTF 05001-11-2026: Definición del Registro de Inventario Permanente Valorizado.

    Jurisprudencia

    17 de septiembre, 2026

    RTF 06869-11-2026: Los abonos bancarios por operaciones de agente corresponsal pueden calificar como incremento patrimonial no justificado.

    Jurisprudencia

    16 de septiembre, 2026

    RTF 06869-11-2026: La SUNAT puede utilizar directamente la determinación sobre base presunta si se configura alguna de las causales previstas en el artículo 64 del Código Tributario

    Jurisprudencia

    15 de septiembre, 2026

    RTF 05796-4-2026 – Se aplican los beneficios del CDI con México si el agente de retención cuenta con el certificado de residencia vigente al momento del pago de la renta al no domiciliado.