Para el Tribunal Fiscal (TF) cuando un contribuyente efectúa una deducción vía declaración jurada anual del Impuesto a la Renta está en la obligación de sustentar su procedencia, dado que toda conciliación tributaria mediante declaración jurada implica, necesariamente, un análisis previo por parte del contribuyente, que debe estar respaldado por la documentación sustitutoria correspondiente a cada ejercicio gravable (criterio coincidente con las Resoluciones del Tribunal Fiscal N° 17929-3-2013 y 10709-3-2013).
/
/
/
RTF 01292-1-2026: Obligación de sustentar la procedencia de toda deducción o conciliación tributaria realizada vía declaración jurada.
RTF 01292-1-2026: Obligación de sustentar la procedencia de toda deducción o conciliación tributaria realizada vía declaración jurada.
- 5 de noviembre, 2026
- Jurisprudencia
Tabla de contenidos
Compartir con:
Autores
Solicita Información
Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.
Entérate de la últimas novedades