Con a fin de acreditar la realidad del servicio de alquiler de dos camionetas, incluidos conductores, la recurrente del caso presentó la factura, constancia de depósito de detracción y voucher de depósito en efectivo.
Agrega el Tribunal Fiscal (TF) que en tales casos correspondía que el contribuyente presente el contrato por el servicio de alquiler de vehículos al que se refería la factura observada, algún informe relativo al referido servicio, identificación de las personas encargadas de prestar el servicio y adjuntar documentación que acredite tanto la fecha de inicio y de término del servicio, la conformidad del servicio y documentos de control interno u otra documentación adicional que acreditase fehacientemente la realidad de la operación.