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Casación N° 31647-2022 – Características de un contrato de asociación en participación, según la Corte Suprema

Casación N° 31647-2022 – Características de un contrato de asociación en participación, según la Corte Suprema

Casación N° 31647 - Características de un contrato de asociación en participación, según la Corte Suprema
Tabla de contenidos

De acuerdo con la Corte Suprema (CS), estas son las características de los contratos de asociación en participación: «i) el contrato asociativo crea y regula relaciones de participación e integración en negocios o empresas determinadas, y tiene como elemento esencial el interés común de los intervinientes; ii) el contrato de asociación en participación es un contrato asociativo que no genera persona jurídica, debe constar por escrito y no está sujeto a inscripción registral; iii) en el contrato de asociación en participación, la asociante concede a la asociada la participación en el resultado o en las utilidades de uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de determinada contribución; iv) en el contrato de asociación en participación, el asociante actúa en nombre propio y la asociación en participación no tiene razón social ni denominación; v) la gestión del negocio o empresa corresponde única y exclusivamente al asociante y no existe relación jurídica entre los terceros y los asociados; y vi) los terceros no adquieren derechos ni asumen obligaciones frente a los asociados, ni estos ante aquellos».

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Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

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