Para el Tribunal Fiscal (TF), el término «carácter general», exigido en el inciso l) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta para la deducibilidad del gasto, alude a que tales desembolsos sean efectuados a la totalidad de trabajadores que cumplen con ciertas características comunes, es decir, llevan implícito el concepto de universalidad, debiendo para ello tenerse en cuenta que dichas erogaciones deberán de ser otorgadas conforme a pautas o parámetros que, de manera general, beneficien a todos los trabajadores de la empresa, debiendo considerarse para tal efecto criterios tales como jerarquía, nivel, antigüedad, entre otros.
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RTF 07996-10-2023: Criterio de generalidad en el otorgamiento de gratificaciones
RTF 07996-10-2023: Criterio de generalidad en el otorgamiento de gratificaciones
- 4 de junio, 2025
- Jurisprudencia
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