/
/
/
Resolución de Superintendencia N° 000304-SUNAT (31.12.2024) – Cronogramas para la entrega de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta 2024

Resolución de Superintendencia N° 000304-SUNAT (31.12.2024) – Cronogramas para la entrega de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta 2024

declaración
Tabla de contenidos

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprueba los cronogramas de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras correspondiente al ejercicio gravable 2024 para que los contribuyentes cumplan con su presentación oportuna. Asimismo, señala que el Formulario Virtual N.° 709 – Renta Anual – Persona Natural estará disponible en Sunat Virtual y en el APP Personas Sunat a partir del 31 de marzo del 2025 y el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Simplificado – Tercera Categoría y el Formulario Virtual N.° 710: Renta Anual – Completo – Tercera Categoría e ITF están disponibles en Sunat Virtual a partir del 2 de enero del 2025.

Compartir con:

Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

Solicita Información

Déjanos tus datos y nos estaremos comunicando contigo.

    (*) Campos obligatorios

    Entérate de la últimas novedades

    Jurisprudencia

    27 de agosto, 2026

    RTF 03960-12-2026 – Las infracciones administrativas o laborales del proveedor no son trasladables al comprador para privarlo del uso del crédito fiscal de una compra.

    Jurisprudencia

    26 de agosto, 2026

    RTF 05967-9-2026 – La pérdida derivada de la enajenación de bienes de capital no forma parte de la prorrata de gastos.

    Jurisprudencia

    25 de agosto, 2026

    RTF 05620-5-2026 – La sustitución de la declaración jurada anual del IR no modifica el plazo de cálculo de los intereses moratorios de los pagos a cuenta mensuales correspondientes a ese ejercicio.

    Jurisprudencia

    21 de agosto, 2026

    RTF 02709-8-2020: El contribuyente debe mantener un mínimo de elementos de prueba que razonable y suficientemente acrediten la realidad de las adquisiciones con liquidaciones de compra.

    Jurisprudencia

    20 de agosto, 2026

    RTF 02072-3-2022: Las empresas pueden otorgar descuentos por mercaderías que se encuentran en stock del cliente.