En dicha RTF el Tribunal Fiscal menciona que en la Resolución N° (…) ha señalado que se entiende por “gastos de desarrollo” -por regla- a aquellas actividades ejecutadas con posterioridad a la etapa de exploración y destinadas a hacer posible la explotación del mineral contenido en el yacimiento, es decir, trabajos previos al inicio de la producción, tales como la remoción de tierra, escombro, roca, desperdicio, desmonte y/o material estéril (desbroce), las perforaciones, las voladuras, la construcción de galerías, rampas, túneles, caminos internos, etc., en general, el conjunto de operaciones necesarias para tener acceso a las reservas o depósitos de mineral desde la superficie.
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RTF 04420-4-2022 – El Tribunal Fiscal (TF) señala lo que debe entenderse como gastos de desarrollo en los que incurren las empresas mineras
RTF 04420-4-2022 – El Tribunal Fiscal (TF) señala lo que debe entenderse como gastos de desarrollo en los que incurren las empresas mineras
- 23 de enero, 2024
- Jurisprudencia
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ENRIQUE BULNES
SOCIO LÍDER DEL ÁREA CONTABLE Y DE AUDITORÍA TRIBUTARIA
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