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Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000031-2026-SUNAT – SUNAT prorroga hasta febrero del 2027 la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar infracciones relacionadas con la emisión de guías de remisión electrónicas (GRE).

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000031-2026-SUNAT – SUNAT prorroga hasta febrero del 2027 la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar infracciones relacionadas con la emisión de guías de remisión electrónicas (GRE).

INFRACCIONES
Tabla de contenidos

Con esta resolución, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) prorroga su facultad discrecional establecida en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.° 000052-2022-Sunat/700000 para no sancionar administrativamente, de acuerdo a lo siguiente:

1. La facultad discrecional para no sancionar administrativamente la infracción tipificada en el numeral 5 del artículo 174 del TUO del Código Tributario, es aplicable respecto de las infracciones vinculadas con la guía de remisión electrónica – transportista (GRE) que sean detectadas desde el 1 de julio de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027.

2. La facultad discrecional para no sancionar administrativamente la infracción tipificada en el numeral 9 del artículo 174 del TUO del Código Tributario es aplicable respecto de las infracciones vinculadas con la guía de remisión electrónica – remitente que sean detectadas desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2026.

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Autores

RENATO ASENCIOS

SOCIO LÍDER DEL ÁREA DE CONSULTORÍA TRIBUTARIA

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