Para el Tribunal Fiscal (TF) la inafectación prevista en el artículo 18 de la Ley del Impuesto a la Renta se extiende únicamente a las sumas entregadas para promover el empleo propio dentro del marco de una negociación entre el empleador y trabajador, y no a las cantidades entregadas por el empleador a título de gracia contempladas en el artículo 57 de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, criterio coincidente con el contenido en las Resoluciones N° 02357-8-2011, 01579-3-2005 y 08331-3-2004.
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RTF 07187-3-2012: Montos entregados por el empleador al trabajador a título de gracia están gravados con el Impuesto a la Renta
RTF 07187-3-2012: Montos entregados por el empleador al trabajador a título de gracia están gravados con el Impuesto a la Renta
- 9 de junio, 2025
- Jurisprudencia
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