El Tribunal Fiscal (TF) recuerda que para incluir un concepto como egreso o gasto en la determinación del incremento patrimonial no justificado, es imprescindible la confluencia de los siguientes requisitos: i) que se encuentre acreditado que dicho concepto implica o constituye una aplicación de fondos o una disposición patrimonial por parte del contribuyente, ii) que el egreso haya sido efectuado en el ejercicio acotado y iii) que no se encuentre debidamente sustentado el origen de los fondos empleados para efectuar dicho pago.
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RTF 10465-1-2024 – Un egreso que cumple estos requisitos se incluye en la determinación del incremento patrimonial no justificado
RTF 10465-1-2024 – Un egreso que cumple estos requisitos se incluye en la determinación del incremento patrimonial no justificado
- 15 de septiembre, 2025
- Jurisprudencia
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